FACHADA DE LA PARROQUIA DE NUESTRA SEÑORA DE NURIA DE BARCELONA

Dibujo a tinta de Mn. Jorge Duran Palau, en el 60 aniversario de su ordenación sacerdotal (22 de diciembre de 1951)

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PRÓXIMAS ACTIVIDADES PARROQUIALES:

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Iglesia Parroquial

Iglesia Parroquial
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AVE MARÍA DE LA VIRGEN DE NURIA

De Núria Regina

voltada de neu,

la vall us aclama,

oh Mare de Déu.


Ave Maria…


Volgueu ser mestressa

de vides i amors,

feu-nos forts com penyes

amb lliris als cors.


Ave Maria…

VISITA A LOS ENFERMOS Y SACRAMENTO DE LA SANTA UNCIÓN

Atención habitual no urgente

Atención urgente a enfermos graves

· Los sacerdotes de la parroquia visitan a los enfermos y los ancianos que lo soliciten, para llevar la sagrada comunión a domicilio, y administrar los sacramentos de la penitencia y de la unción de los enfermos en caso de necesidad.

Avisando al servicio SALUS,

tel. 932 020 696

· Un equipo de laicos puede visitar a los ancianos y a los enfermos; pueden recibir autorización para llevar la sagrada comunión.

· El 6º Domingo de Pascua, se celebra en la iglesia el sacramento de la unción de los enfermos para todos aquellos que lo necesiten.

Este año, la celebración será el domingo 9 de mayo de 2010, en la misa de las 12:00 h

ENCARGOS DE MISAS

ENCARGOS DE MISAS PARA INTENCIONES PARTICULARES

La Parroquia admite encargos de misas para intenciones particulares. A tal fin, hay que dirigirse al Despacho parroquial, a la Sacristía, o enviarnos un e-mail. Actualmente, el estipendio por encargos de misas está fijado por la Provincia Eclesiástica en 10'00 €

Se puede encargar misas por cualquier motivo piadoso, aunque es más frecuente el encargo en sufragio por los difuntos. Las intenciones de misas deben ser vistas como un acto de amor fraterno (cuando se pide por los difuntos, por un enfermo, por una persona en grave necesidad o peligro ...), o como un acto de confianza en Dios (cuando pedimos por intenciones personales). Pero nunca se pueden aceptar encargos por intenciones desencaminadas, egoístas o supersticiosas.

En nuestra Parroquia, y de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Derecho Canónico (cf. cc. 945-958), sólo admitimos una intención en cada misa, fuera de situaciones excepcionales. También admitimos la celebración de misas gregorianas por los difuntos.

MISAS GREGORIANAS

Se llama misas gregorianas a la serie de misas que deben ser aplicadas por un difunto durante treinta días. Su origen se encuentra en un episodio que narra el papa San Gregorio Magno (540-604), mediante el cual probablemente deseaba enseñar la doctrina de los sufragios aplicados a los difuntos (Diálogos IV, 55, en PL 77, 420-421), pero la ingenua mentalidad medieval (a veces con tendencia al pensamiento mágico) cargó el acento sobre el hecho de la sucesión ininterrumpida de misas, creencia que pretendió reajustar San Antonino de Florencia (1389-1459), afirmando simplemente que, si las 30 misas se celebran seguidas, las almas del purgatorio perciben antes sus frutos.

La Iglesia nunca ha descartado esta práctica, de gran arraigo popular, mientras tenga el sentido de sufragio por los difuntos, pero la Santa Sede mitigó la obligación de la celebración ininterrumpida, según la declaración Tricenario Gregoriano (Pablo VI 24/2/1967). Así, si por un impedimento imprevisto (vgr., una enfermedad) o por otra causa razonable (vgr., celebración de una misa de funeral o de matrimonio), debe interrumpirse el treintenario, éste mantiene por disposición de la Iglesia los frutos de sufragios a él atribuidos por la práctica de la Iglesia y la piedad de los fieles hasta el momento presente, pero con la condición de completar lo antes posible la celebración de las treinta misas. Por lo general se entiende que una misa gregoriana es una serie de 30 misas seguidas.