| PREPARACIÓN DEL MATRIMONIO |
| · Hay que acudir a la parroquia del domicilio de uno de los contrayentes, con el fin de preparar el expediente prematrimonial, entre tres y seis meses antes de la ceremonia. · Documentación necesaria: certificado completo de bautismo, documentación civil. · La preparación cristiana para el sacramento del matrimonio puede hacerse escogiendo uno de estos medios: a) reservando inscripción en los cursillos del CPM, tel. 934 172 794 (lunes, martes y jueves, 17-21 h); Parroquia de la Virgen de la Paz (Pza. Ferran Casablancas); b) por inscripción a los cursillos del Monasterio de Montserrat, tel. 938777766; c) preparación personalizada con el sacerdote de la parroquia (dependiendo de la disponibilidad). |
| CELEBRACIÓN DE LA BODA |
| · Cualquier día del año (salvo jueves, viernes y sábado santos), en horario a convenir. · Los novios deben pasar por el despacho parroquial para fijar la fecha, o bien concertar una entrevista por teléfono o correo electrónico. · Los sacerdotes de la parroquia presidirán la celebración, a menos que los novios dispongan de un sacerdote propio. |
| · Los novios tienen que asumir los gastos económicos causados por la celebración de bodas en la parroquia (mantenimiento del templo, electricidad, calefacción/aire acondicionado, servicios de sacristán y de limpieza); estos gastos son fijos (150 €). · La parroquia agradece, en nombre del Señor, que los novios contribuyan con su limosna al mantenimiento de la Iglesia. |
| · El servicio de organista es ofrecido por la parroquia, bajo contratación privada con los novios. · Fotógrafo, florista y otros servicios son de libre contratación, pero la parroquia se reserva el derecho de admisión en casos justificados. |
AVE MARÍA DE LA VIRGEN DE NURIA
De Núria Regina
voltada de neu,
la vall us aclama,
oh Mare de Déu.
Ave Maria…
Volgueu ser mestressa
de vides i amors,
feu-nos forts com penyes
amb lliris als cors.
Ave Maria…
SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
NUEVO ÓRGANO PARA LA PARROQUIA
A VUESTRO SERVICIO…
SACRAMENTO DEL BAUTISMO
SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
SACRAMENTO DE LA PENITENCIA
VISITA A LOS ENFERMOS Y SACRAMENTO DE LA SANTA UNCIÓN
CATEQUESIS INFANTIL Y JUVENIL
ACTIVIDADES DE PROFUNDIZACIÓN DE LA FE
CARITAS PARROQUIAL
DEVOCIONES DE LOS FIELES
LEGIÓN DE MARÍA
CONCIERTOS Y ACTIVIDADES CULTURALES
ENCARGOS DE MISAS
ENCARGOS DE MISAS PARA INTENCIONES PARTICULARES
La Parroquia admite encargos de misas para intenciones particulares. A tal fin, hay que dirigirse al Despacho parroquial, a la Sacristía, o enviarnos un e-mail. Actualmente, el estipendio por encargos de misas está fijado por la Provincia Eclesiástica en 10'00 €
Se puede encargar misas por cualquier motivo piadoso, aunque es más frecuente el encargo en sufragio por los difuntos. Las intenciones de misas deben ser vistas como un acto de amor fraterno (cuando se pide por los difuntos, por un enfermo, por una persona en grave necesidad o peligro ...), o como un acto de confianza en Dios (cuando pedimos por intenciones personales). Pero nunca se pueden aceptar encargos por intenciones desencaminadas, egoístas o supersticiosas.
En nuestra Parroquia, y de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Derecho Canónico (cf. cc. 945-958), sólo admitimos una intención en cada misa, fuera de situaciones excepcionales. También admitimos la celebración de misas gregorianas por los difuntos.
MISAS GREGORIANAS
Se llama misas gregorianas a la serie de misas que deben ser aplicadas por un difunto durante treinta días. Su origen se encuentra en un episodio que narra el papa San Gregorio Magno (540-604), mediante el cual probablemente deseaba enseñar la doctrina de los sufragios aplicados a los difuntos (Diálogos IV, 55, en PL 77, 420-421), pero la ingenua mentalidad medieval (a veces con tendencia al pensamiento mágico) cargó el acento sobre el hecho de la sucesión ininterrumpida de misas, creencia que pretendió reajustar San Antonino de Florencia (1389-1459), afirmando simplemente que, si las 30 misas se celebran seguidas, las almas del purgatorio perciben antes sus frutos.
La Iglesia nunca ha descartado esta práctica, de gran arraigo popular, mientras tenga el sentido de sufragio por los difuntos, pero la Santa Sede mitigó la obligación de la celebración ininterrumpida, según la declaración Tricenario Gregoriano (Pablo VI 24/2/1967). Así, si por un impedimento imprevisto (vgr., una enfermedad) o por otra causa razonable (vgr., celebración de una misa de funeral o de matrimonio), debe interrumpirse el treintenario, éste mantiene por disposición de la Iglesia los frutos de sufragios a él atribuidos por la práctica de la Iglesia y la piedad de los fieles hasta el momento presente, pero con la condición de completar lo antes posible la celebración de las treinta misas. Por lo general se entiende que una misa gregoriana es una serie de 30 misas seguidas.
